Quizás como consecuencia de la situación generada por la pandemia de la COVID-19, en los últimos años se ha experimentado una tendencia al alza en la adquisición de las ya famosas mobile home, una práctica muy asentada desde hace años en países como Estados Unidos, donde se conocen como house trailers. Evidentemente, su precio mucho más ventajoso que el de una vivienda tradicional -entre los 9.500 y 40.000 euros- y sus características las han convertido en una alternativa práctica para vivir en ellas o pasar largas temporadas en su interior.
La norma EN 1647:2019 las define como aquél “vehículo habitable de recreo transportable que no cumple los requisitos de construcción y utilización de los vehículos de carretera, que conserva sus medios de movilidad y que está destinado a una ocupación ocasional o de temporada”. Es decir, a diferencia de las casas prefabricadas, ese tipo de construcciones tienen la consideración de bienes muebles conforme a la regulación de nuestro Código Civil, ya que se caracterizan por no ir ancladas al suelo ni ser consideradas una obra. Esto es lo que ha hecho que este tipo de estructuras se instalen también en aquellos terrenos que no son urbanizables o en campings, lo que en muchas ocasiones ha generado una enorme controversia entre la Administración y el ciudadano sobre su verdadero carácter y la necesidad de licencia urbanística para su instalación.
EN MANOS DEL TRIBUNAL SUPREMO
Sobre ello se va a pronunciar el Tribunal Supremo, pues mediante Auto del pasado 11 de mayo de 2023 admitió que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia en el recurso interpuesto por el titular de un camping de Tarragona contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que confirmó la resolución denegatoria del Ayuntamiento de Tarragona para la instalación de mobile homes en el camping al considerar que se trataba de uso de suelo y, por tanto, sujeto a licencia urbanística previa. En concreto, tal y como indica el citado Auto, dada su incidencia en el régimen urbanístico de la propiedad del suelo y el control de la utilización de este por la Administración competente, el fallo del Tribunal Supremo se centrará en:
a) Determinar la naturaleza de las mobile home o casas móviles en cuanto a la exigibilidad de licencia urbanística por uso del suelo.
b) Determinar si la licencia de actividad de camping ampara también la instalación de las casas móviles o mobile home.
Para ello, serán objeto de interpretación los artículos 11.3 y 4.c) del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, en relación con el Anexo II del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.
Hasta ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha considerado que una mobile home, tenga ruedas o no y sea fácilmente movible o no, es una estructura prefabricada que se utiliza para vivienda, normalmente provisional, que ocupa un determinado terreno y que comporta un uso del suelo que ocupa, por lo que será exigible licencia urbanística por uso del suelo.
REGULACIÓN
En concreto, los apartados 3 y 4.c) del artículo 11 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana establecen que:
3. Todo acto de edificación requerirá del acto de conformidad, aprobación o autorización administrativa que sea preceptivo, según la legislación de ordenación territorial y urbanística, debiendo ser motivada su denegación. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística.
4. Con independencia de lo establecido en el apartado anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos que autoricen:
c) La ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, ya sean provisionales o permanentes.
Además, el meritado Anexo II Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos recoge las definiciones y categorías de los vehículos. Y será objeto de examen porque el camping recurrente alega que en la definición de los remolques podrían tener encaje las mobile home conforme a la definición ofrecida por la norma EN 1647:2019.
La resolución del Tribunal Supremo vendrá a determinar exactamente qué son las mobile home y que uso se puede dar a las mismas, lo que sin duda se traducirá en una mayor seguridad jurídica para los administrados.