Coordinador parental

Coordinador parental tras divorcio o separación

Cuando se produce la ruptura de la unidad familiar, los padres y madres suelen centrar su disputa en aspectos tales como quién va a tener la custodia de los hijos, si se va a fijar una pensión de alimentos y a cuánto va a ascender, cómo repartir los gastos extraordinarios, etc.

Ser padre o madre implica, además, tener que tomar decisiones diarias en todo lo concerniente a los menores que van, desde autorizar al hijo a ir de excursión con sus compañeros de clase, hasta hacer o no la primera comunión. Resulta bastante angustioso y agotador que haya que dirimir cada una de estas cuestiones en un juzgado. ¿Cómo puede ayudar el coordinador parental?

LA FIGURA DEL COORDINADOR PARENTAL

El coordinador parental es una figura de auxilio y colaboración con el juez que surgió en Estados Unidos y Canadá a finales de la década de los noventa y que cada vez tiene más presencia en nuestro país. Ya en el año 2013 se realizó una experiencia piloto en el partido judicial de Sabadell que demostró que la implantación del coordinador parental tuvo consecuencias muy positivas en aquellas familias en las que existía un alto nivel de conflictividad, facilitando la comunicación y la toma de decisiones de manera significativa. Así pues, la magistrada del Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Sabadell define esta figura de la siguiente manera:

“Servicio de seguimiento intensivo para ayudar a los progenitores y familiares separados y con alto grado de conflictividad a establecer y mantener relaciones sanas que posibiliten el desarrollo del menor. Está dirigido especialmente a aquellos padres y familiares que tienen dificultades para formular y / o implantar un plan de parentalidad (decidido de mutuo acuerdo o por un tribunal) que asegure los intereses y el bienestar de los hijos.»

Esta iniciativa surge como respuesta a los problemas que los juzgados tienen que afrontar en la práctica diaria, donde a menudo se encuentran con progenitores que acuden al juzgado para solventar controversias que carecen de contenido jurídico, y que, fundamentalmente se deben a factores psicológicos y a motivaciones de diversa índole dada la situación tan delicada que produce la ruptura de la unidad familiar.

Las leyes procesales carecen de mecanismos suficientes para proteger los intereses de los menores por lo que cada vez es más acuciante la necesidad de acudir a nuevas herramientas que ayuden a que estos conflictos tengan el menor impacto posible en la vida de los niños. A pesar de carecer de normativa específica, la aplicación de esta figura se ampara en la Constitución Española, más concretamente en el art. 39, que consagra el principio de protección del menor, la Ley 1/1996 de 15 de enero, de protección jurídica del menor, así como en normativa internacional como la Convención Internacional de los Derechos del Niño.

DE QUÉ MANERA ME PUEDE AYUDAR A MÍ EL COORDINADOR PARENTAL

El coordinador parental es un profesional cuya actuación está dirigida a mediar entre las partes para intentar conseguir que el grado de conflictividad entre los progenitores disminuya y la comunicación sea lo más fluida posible. Lo que se pretende es un acercamiento de posturas y un mayor entendimiento a la hora de tomar cada una de las decisiones que tienen que ver con los hijos. Tras examinar algunos de los casos sometidos a la experiencia piloto llevada a cabo en Sabadell, más concretamente en el Juzgado de Familia N.º 8, en los que intervino la figura del coordinador parental, podemos constatar su éxito.

En el caso de Silvia, el proceso se inició en junio de 2013 y concluyó en noviembre del mismo año tras un juicio en el que alcanzaron un acuerdo. Tras la ayuda del coordinador parental, la situación se transformó de la siguiente manera, según informe:

“-El entendimiento por parte de la mujer de la necesidad de que el hijo y el padre se vean y comuniquen, se ha traducido con un cambio de domicilio de la mujer en la misma ciudad del padre. Este hecho ha sido importantísimo para poder ir encajando un nuevo régimen de visitas que ha satisfecho a ambos progenitores. La comprensión del padre de tener que contribuir a las necesidades económicas ha hecho posible favorecer una mejora en una relación muy deteriorada.

Se ha alcanzado un acuerdo general.”

Otro caso, el de Yolanda, se percibió una mejora notable en la situación:

1)Inicio del proceso judicial: diciembre de 2012

2)Derivación al coordinador parental: junio de 2013

3)Transformación de la situación inicial en noviembre de 2014:

-Inicialmente la hija presentaba rechazo a pernoctar a casa de madre.

-Actualmente se cumple la custodia compartida con toda normalidad.

El juez será el encargado de delimitar y concretar la extensión del ámbito de actuación del coordinador parental en la vida familiar atendiendo a las necesidades del caso.

En cuanto a los gastos, se distribuyen conforme a lo previsto en el art. 241 y s.s. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que se traduce en los sufragarán los progenitores a partes iguales o proporcionalmente en el caso de que exista una situación económica desigual. No tendrán que hacer frente a este gasto los beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

CONCLUSIONES

El objetivo de que cada vez se implanten medidas más novedosas, como la de asignar un coordinador parental, es que en los procesos de familia disminuya la tendencia a tener la idea de que el otro progenitor es un adversario y entender este cauce como un procedimiento pacificador tendente a terminar con las disputas que se den en el seno de familias con un alto nivel de conflictividad. El fin primordial es lograr la estabilidad de las relaciones tras la ruptura, de manera que esta tenga el menor impacto en la vida de los hijos menores.

La utilización de estas herramientas cada vez tiene más presencia en nuestro país, y aunque aún se necesita una implantación a un nivel muy superior, la experiencia en los casos en los que se han tomado estas medidas es muy positiva. En la mayoría de ellos se ha constatado un notable éxito que se traduce en que las familias han superado la crisis familiar con un impacto psicológico mucho menor y han conseguido alcanzar el consenso tras la intervención del coordinador parental.